Uno de los asuntos habituales con los que nos encontramos los
abogados son los accidentes generadores de lesiones, ya sean derivados de situaciones
extracontractuales (tráficos, caídas en la vía pública o en instalaciones privadas,
alcances por algún objeto, por citar algunos de los más comunes) o
contractuales (caídas, también puede ser contractuales, en trenes de Renfe,
autobús o cualquier establecimiento, lesiones en atracciones, centros de
estética o de cualquier servicio personal en general).
Cuando el accidente acontece, ni que decir tiene que lo principal es nuestra propia seguridad personal y ser atendidos, de ser necesario, por los servicios médicos de urgencia con la mayor rapidez. No obstante, cuando el accidente no es excesivamente grave o si somos los acompañantes de la persona accidentada, sí hay una serie de cuestiones que podemos intentar realizar para facilitar la posterior reclamación del daño al causante o responsable (no tiene que ser el mismo).
Cuando el accidente acontece, ni que decir tiene que lo principal es nuestra propia seguridad personal y ser atendidos, de ser necesario, por los servicios médicos de urgencia con la mayor rapidez. No obstante, cuando el accidente no es excesivamente grave o si somos los acompañantes de la persona accidentada, sí hay una serie de cuestiones que podemos intentar realizar para facilitar la posterior reclamación del daño al causante o responsable (no tiene que ser el mismo).
La inmensa mayoría de las reclamaciones de este estilo se
suelen resolver por vía amistosa tras realizar las pertinentes reclamaciones al
causante o responsable y a su compañía de seguros, y precisamente aquellas que
plantean mayores problemas y acaban en los juzgados, son en las que hay escasez
de prueba sobre lo que pasó. Obviamente, este comentario está dirigido a aquellos accidentes en los que hay un responsable diferente de nosotros mismos, ya sea este por acción u omisión.
Es por ello, que es importante conocer, y como digo, en la
medida de lo posible, realizar, algunas cuestiones, que nos permitirán contar con la mayor prueba posible, facilitando con ello la reclamación extrajudicial, y en su caso, la judicial, si la primera resulta infructuosa.
Vamos con las recomendaciones:
1º- Recopila la máxima información en
el mismo lugar del accidente y anótala lo antes posible: Con el tiempo solemos olvidar
bastantes detalles del accidente o empezamos a confundirnos por lo que luego
nos cuentan. Realizar una correcta toma de los datos fundamentales e incluso de
cuestiones técnicas, por ejemplo, el tipo de vehículo, color, matricula, nombre
completo de las personas de la escena, sus teléfonos, direcciones, sus características
o ropa que llevaban puesta es importante. Si interviene policía o ambulancia
intenta coger también sus datos. También, resultan muy importantes, los datos del seguro del culpable y número de póliza. Y si no los tiene, porque no es un tráfico, al menos si cuenta con seguro y la compañía. Anótalo, y realiza
luego, cuando llegues a casa, una narración de lo que ha ocurrido en la que incorpores todos esos datos. Te va facilitar no olvidar estos detalles y el trasladárselos
al abogado. Evitarás con ello las temidas contradicciones, tan usadas luego por la
defensa para acreditar la versión real de los hechos.
2º- Recoge pruebas
y documentos: Intenta recoger
los máximos documentos sobre el accidente. Documentos del servicio que te
estaban prestando, títulos de trasporte, facturas, etc. Hoy en día todos llevamos
móviles con cámara fotográfica que además permiten recoger vídeo e incluso
sonido. Toma fotografías o graba con vídeo, y si en alguna sale el causante
mejor, pues en el lugar de los hechos todo el mundo se muestra muy colaborador
y manifiesta que asume la responsabilidad, pero luego cuando la cosa se enfría,
a veces, cambia y mucho, hasta el punto de que hay sujetos que llegan a desdecirse y negar que estuvieran
allí. Es muy útil, usar el móvil a modo de escaner para fotografiar documentos. Si vas a un centro médico recoge y guarda todos los documentos, y cuida
que pongan correctamente cómo se ha originado el accidente. Es habitual que por
ejemplo refieran caída en andén de estación, cuando la caída fue en las
escaleras mecánicas, o tropezón por resbalón, que parecen lo mismo pero la
primera palabra puede asociarse a culpa nuestra y el resbalón a que estaba húmedo el suelo, siendo esto la
causa, y ojo, porque los seguros se agarran a un clavo ardiendo.
3º- No te cortes en
llamar a la policía y a la ambulancia: Llamar a la policía es importante para que tomen ellos también
nota de lo ocurrido y si has sufrido lesiones pide que acuda una ambulancia.
Estos son testigos excepcionales que luego resultarán muy útiles si acabamos en
los juzgados. A este respecto, ojo con las buenas palabras y la atención que te
pueda prestar en el lugar de los hechos personal o sanitarios de la instalación
o trasporte donde tenga lugar el accidente. Mejor llama a la policía, que luego a todo ese personal no hay forma de encontrarlo y precisamente eso eran lo que querían
con tanta amabilidad. También es usual que la pierna o el brazo no nos
parezcan tan lastimados pues en caliente duele menos y pensamos que solo es el
golpe. Los dolores e hinchazones muchas veces aparecen a las dos o tres horas,
por lo que es mejor que avises a los servicios de emergencia médica y que te
valoren en el mismo lugar del accidente.
4º- Busca,
selecciona y empatiza con los testigos: Un error muy común es que como nos acompaña nuestro
un primo, no tomamos los datos de más testigos, pensando que ya tenemos al
testigo-primo. Bueno, el primo es un testigo pero su valor es débil. Es mejor
contar con testigos que no conocemos. Y de entre estos, hay que seleccionar a
los más adecuados, pensando en dos factores: su predisposición a acudir a un
juzgado a ayudarnos y su valor como testigo creíble. Entre un estudiante y un estresado ejecutivo,
es bastante más probable que el primero se muestre más predispuesto a acudir al
juicio. Por otro lado, si el estudiante no reside en el lugar del accidente y
el ejecutivo sí, quizás sea este mejor. Una persona de avanzada edad, quizás sea
el que más tiempo libre tenga, pero si se trata de narrar por ejemplo un
accidente de circulación, es posible que su capacidad visual sea cuestionada o
su memoria falle, pues a veces pasa mucho tiempo hasta que se celebra el
juicio. Un mal testigo puede arruinarnos todo. En cualquier caso, dos mejor que uno y tres o
cuatro todavía mejor. Ya elegirá el abogado el que sea más idóneo. Finalmente,
no te limites a pedirle los datos para anotarlos. Si puedes empatiza con él,
dile que le llamarás y cuánto le agradeces su ayuda y lo vital que resultaría su
colaboración si fuera necesaria. Será más fácil si ha existido esa relación
previa, que luego pase de acudir a testificar, que siempre supone una molestia.
5º- Valora
si te interesa dejar denunciados los hechos o documentados en alguna hoja de
reclamación o parte de accidente. Por lo general, siempre es recomendable
dejar constancia de lo fundamental lo antes posible, para evitar sospechas
posteriores de que podías no haber sufrido el accidente. No obstante, no es
recomendable extenderse mucho, ni dar excesivos detalles. Limítate a contar escuetamente
qué ha ocurrido y quién es el responsable. Piensa siempre que la versión que
recojas en ese documento luego no va a poder ser variada. Posteriormente, acude
a un abogado, para que complemente esa primera declaración según resulte más
conveniente a tus intereses.
Habría otras cuestiones luego a realizar ya más a posteriori,
como guardar toda la documentación médica, y otras de esta índole, pero para
ese momento ya deberías contar con un abogado que te asesore y aconseje sobre cómo
proceder, pues si no lo tienes corres el riesgo de hacer algo incorrectamente y
complicar la reclamación, así que, no te lo pienses más…
Ángel López
Abogado
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Pues parece, a menos
que los bancos cambien de posición, que el 2017 va a ser movidito también en
lo que respecta a demandas frente a las entidades bancarias. A las preferentes,
cláusulas suelo, hipotecas multidivisas, oposiciones hipotecarias, se suman
ahora las demandas para la recuperación de los gastos de constitución de las
hipotecas.
Ya diversos clientes
me han encargado reclamar por vía judicial a su entidad bancaria los gastos de
formalización de su hipoteca, habiendo recibido también muchas llamadas y
correos electrónicos solicitando información en relación a esta cuestión. Y eso que creo que todavia mucha gente no se ha enterado de esta posibilidad.
Es por ello, que
siendo un tema que puede ser de interés para muchas personas -de hecho algunas
fuentes hablan de unos 8 millones de afectados-, traslado esta breve nota
informativa, que huyendo de tecnicismos, aborda las principales dudas que a un
cliente le pueden surgir.
¿Pueden reclamarse los gastos de formalización la
hipoteca?
El Tribunal Supremo ha
dictado una Sentencia por la que declara abusiva, en relación a una hipoteca
del BBVA, la cláusula por la que se obliga al prestatario el pago de todos los
gastos, tributos y comisiones derivados del préstamo hipotecario.
Esta cláusula está
inserta, de una manera muy parecida, en la mayoría de las escrituras de
préstamo hipotecario, por lo que la Sentencia abre las puertas, con bastantes
posibilidades de éxito, a reclamar la devolución de todos estos gastos, para
aquellas personas que tengan la consideración de consumidor.
¿Exactamente que gastos pueden reclamarse?
Hay que tener muy
claro, que estamos hablando de los gastos de formalización de la hipoteca, no
de los gastos de formalización de la compraventa. Cuando se adquiere una
propiedad con una hipoteca, el comprador puede tener la sensación de pagar
estos gastos de una forma única, pero en realidad estamos hablando de dos
escrituras, cada una de las cuales genera sus propios gastos notariales,
registrales y tributarios.
- Factura de la Notaria por la hipoteca.
- Minuta del Registro de la Propiedad por la inscripción de la hipoteca.
- Impuesto de Actos Jurídicos Documentados de la hipoteca.
Existen algunos otros gastos, como los gastos de gestoría y los gastos de tasación de la vivienda, que habría que ver la concreta cláusula y el supuesto, para decidir en relación al interés y conveniencia de su reclamación.
Respecto al Impuesto,
algunas opiniones entienden que no sería reclamable, pues el Reglamento del
Impuesto establece que este pago corresponde al firmante del préstamo. No
obstante, la Sentencia del Supremo es clara al respecto, al declarar
expresamente la nulidad de la repercusión del Impuesto, y además, el Reglamento
del Impuesto no puede contradecir a su propia Ley, por lo el Impuesto es
perfectamente reclamable.
Existen algunos otros gastos, como los gastos de gestoría y los gastos de tasación de la vivienda, que habría que ver la concreta cláusula y el supuesto, para decidir en relación al interés y conveniencia de su reclamación.
¿De qué importes estamos hablando?
Evidentemente el
importe depende de cada caso concreto, pero, se estima, que para una hipoteca
de de 150.000,00, € formalizada alrededor del año 2010, podría suponer una
devolución para el cliente de unos 3.000,00 € aproximadamente.
¿Admiten los bancos estas reclamaciones o hay que
acudir la vía judicial?
Actualmente, no se
conoce, que ninguna entidad bancaria haya admitido la devolución del dinero de
forma voluntaria, por lo que es necesario acudir a la vía judicial. Se
desconoce que podrían hacer en un futuro, pero viendo como han actuado por lo
general con relación a otras estipulaciones abusivas, como las cláusulas suelo,
no es probable que las admitan. Lo anterior no obsta, a que es necesario
reclamar previamente el banco, para apuntalar la condena en costas a la entidad
bancaria en el proceso judicial a iniciar.
¿Qué hipotecas se puede reclamar y que plazo hay para
hacerlo?
Esta cuestión es un
poco más polémica de determinar con exactitud, pues se manejan diversas
interpretaciones que no suponen actualmente un problema para la mayoría de las
hipotecas.
Para aquellas las
hipotecas vigentes, actualmente la cuestión no plantea problema alguno, pues la
interpretación más perjudicial, por así decirlo, sería entender que el plazo es
de cuatro años desde la Sentencia del Tribunal Supremo que data de diciembre de
2015.
Para las hipotecas no
vigentes, habría que estudiar el caso concreto con detalle. Evidentemente,
contra más tiempo haya pasado, las posibilidades de reclamación disminuyen,
existiendo algunas interpretaciones que entienden que al ser imprescriptible la
acción de nulidad no existe plazo.
¿Qué coste tiene el procedimiento?
Por lo general, y en
principio, lo más previsible, es que la Sentencia estime la demanda
íntegramente con condena en costas para la entidad bancaria, lo que supone que
el coste final para el cliente es prácticamente cero. Y digo prácticamente,
porque en ocasiones algún coste no es posible repercutirse.
No obstante, hay que advertir, que no en todos los casos tiene que ser así, pues los procedimientos judiciales y los resultados nunca se pueden asegurar.
No obstante, hay que advertir, que no en todos los casos tiene que ser así, pues los procedimientos judiciales y los resultados nunca se pueden asegurar.
¿Cómo me pongo en contacto si quiero reclamar o más
información?
Como explicaba al
principio, son muchas las consultas que se están recibiendo sobre esta materia,
por lo que para una atención más personalizada y correcta, remita un correo
electrónico a alopez@recursosprofesionales.es, dejando su teléfono y me pondré en contacto.
Ángel López
Abogado
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Querido compañero explotador:
Me dirijo a ti tras una larga conversación con un amigo. Sí, a ti, compañero.
Compañero, es una palabra hermosa, que te gusta usar y que seguro has empleado varias veces para dirigirte a mi amigo.
La utilizas cuando vas a esos cursos chulos que te pagas, la dices cuando hablas con otros abogados en el Colegio o en ese club de juristas que te cuesta una pasta y al que vas todos los jueves por la tarde. Incluso en los juzgados. Ahí lo haces habitualmente en referencia a los compañeros de la parte contraria y algunas veces en relación a mi amigo: "a la vista previa vino mi compañero en sustitución mía", le explicas así a su Señoría que mi amigo te paso la vista previa, al tiempo que te disculpas de no estar muy al tanto de lo que allí pasó.
Lo malo es que ti, la palabra compañero, te viene muy grande. Enormemente grande.
Me cuenta mi amigo y compañero que se largará en cuanto pueda, que está aprendiendo bastante y que hasta se encuentra a gusto, a pesar de que sobrepasa las 50 horas semanales de duro trabajo, pero que claro, con 600 euros al mes, pues como bien sabes, no es que no llegue a fin de mes, es que ya pasar la quincena es toda una hazaña para él.
Además, el chaval tiene su orgullo. Su primo, el que no estudió, que se vino del pueblo con él y está de cajero también aquí en un supermercado de Madrid, gana más. Y eso no es normal.
Y no me vengas con la evasiva esa de que no da para más la cosa. Que has cambiado de coche hace 6 meses. ¡Y vaya coche! ¿Y esos viajes que te metes? Y además, oye, ¿si no da para más, por qué te coges todos los puentes y te vas el primero del despacho? No me cuentes excusas que me las conozco.
No. Ya no es tan joven, ya no es un pasante, es un abogado, uno experto, muy bueno. ¿O no les dices eso a todos los clientes? ¡Joder, macho! Qué es un licenciado, con máster, idiomas… y con novia, que se quieren casar, tener familia…vamos vivir, nada de lujos…vivir.
Así que, déjate de rollos. Y no me digas que tú también pasaste por eso. Qué bien que decías que era un cabrón. ¿Cómo le llamabas? ¿El tirano? ¿El maldito explotador? ¿O ya no te acuerdas?
Lo peor es que me cuenta que es bastante habitual. Que otros compañeros que conoce están más o menos igual. Que solo encuentran trabajos de ese estilo. Y entonces le interrumpe María, que estaba escuchando la conversación y se anima a contar que lo suyo como personal de apoyo es casi peor. Que estuvo cuatro meses trabajando para unos procuradores y que todos los meses le prometían darla de alta, pero no lo hacían…y que cobrar…le han dejado tres meses a deber. Tres de cuatro. Y que donde está ahora, un despacho donde el abogado que menos cobra se lleva 4.000 euros al mes, ya lleva uno y no ha visto un euro, y sigue sin contrato. Y nos jura, que si siguen así se marcha, porque otra vez no se van a reír de ella… Y nos quedamos todos en silencio porque todos sabemos que no se marchará. Rompe la pausa otro compañero, Javier, para apostillar que con las aseguradoras la cosa no es mucho mejor, mil euros mes y a base de echar muchas horas.
Pero volvamos a ti, abogado. Si abogado porque compañero ya te he dicho que te viene muy grande así que no te lo voy a llamar más. Haz lo que tengas que hacer, lo que creas que tienes que hacer o lo que te interese. Pero, te voy, a pedir una cosa. Ten la poca decencia de no volver a llamar compañero a mi amigo, y por supuesto, no me lo llames tampoco a mí. ¿Vale? Porque ni lo somos, ni tú tienes nada de compañero. A lo más, eres un compañero explotador.
Ángel López
Abogado
Nota: Compártelo, que igual no sirve de mucho, pero por lo menos el destinatario ya sabe lo que es.
Ministro Justicia
No veo nada por lo que felicitar al reelegido Ministro de Justicia.
19:02Ángel López
De verdad que me gustaría poder felicitar al Ministro por su reelección, pero es que por más que lo he pensado, no se me ha ocurrido nada bueno por lo que hacerlo.
Quizás, aparentemente, se le podría agradecer su reforma legal para eximir a las personas físicas de las tasas judiciales, pero es que la presión y el rechazo social a esa Ley era bestial, de modo que solo una bestia no habría atendido esa reivindicación y no creo que se deba felicitar a alguien por el mero hecho de no actuar como una bestia.
Además, lo cierto es que reformó la Ley para seguir dejándola inconstitucional, fallo que, en mi opinión, es imperdonable en un Ministro de Justicia. ¿No es garantizar el acceso a la Justicia la principal misión de un Ministro de Justicia? ¿Se imaginan un Ministro de Sanidad que inconstitucionalmente hubiera impedido a los enfermos acceder a la Sanidad? ¿A uno de Educación que hubiera dejado a niños sin escolarizar cuando tenían derecho a ello? Extrapolen a la Justicia, porque eso es lo que ha ocurrido.
Siendo generoso se podría decir que es, aparentemente, más dialogante que por ejemplo el anterior Ministro Gallardón. Es cierto, no hay sarao jurídico al que no asista. Ahora otra cosa es que escuche, o que si escucha, sirva para algo. Los hechos parecen decir, precisamente, lo contrario.
Pero no quisiera yo convencerles, solo les pido que reflexionen, así que, les dejo algunas preguntas. Mediten sobre ellas y respóndanlas –si quieren lo pueden hacer en los comentarios de la entrada– y saquen sus propias conclusiones.
Vamos con ellas:
1. ¿Ha realizado el Ministro Catalá alguna reforma legal tendente a dar marcha atrás en la politización del Consejo General del Poder Judicial?
2. ¿Ha reintegrado el Ministro Catalá a los miles de jueces y fiscales sustitutos que su predecesor saco de los Juzgados?
3. ¿Ha aumentado el Ministro Catalá o logrado que los presupuestos de Justicia sean más elevados?
4. ¿Han mejorado las penosas y tercermundistas instalaciones judiciales que tenemos en muchas sedes judiciales de España?
5. ¿Se han acortado los tiempos de tramitación de los procedimientos judiciales o siguen siendo por lo general los mismos?
6. ¿Ha creado nuevos Juzgados o aumentado la planta judicial?
7. ¿Modificó la Ley de Tasas para que fuera constitucional?
8. ¿Ha devuelto las tasas judiciales cobradas inconstitucionalmente o ha dicho que las vaya a devolver?
9. ¿Ha solucionado algo la reforma y fijación de plazos a la instrucción penal o es una medida que solo ha supuesto el caos en los Juzgados e inseguridad jurídica?
10. ¿Lexnet ha facilitado la vida de los Abogados y Procuradores y ha supuesto una mejora en tiempos de respuesta en los procedimientos judiciales?
11. ¿Atendió las solicitudes de la Abogacía para la paralización del uso obligatorio de Lexnet?
12. ¿Cobran más ahora los abogados y Procuradores que prestan el servicio de Justicia Gratuita a través del Turno de Oficio?
13. ¿Cobran puntualmente los abogados y procuradores del Turno de Oficio?
14. ¿Ha paralizado o reformado la conocida como Ley Mordaza?
15. ¿Ha tomado alguna medida contra la corrupción? ¿Quizás, la famosa Oficina Anticorrupción, que básicamente ha consistido en destruir vehículos, como explicaba en este otro post?
Llegados a este punto, caigo en la cuenta de que quizás, los que para mi sorpresa le han felicitado, es porque piensen que va a hacer todo esto en esta nueva Legislatura.
Yo le felicitaré cuando lo haga. De momento, no veo nada por lo que felicitarle.